Defensas Laborales
Despidos injustificados, indebidos e improcedentes, Accidentes Laborales y enfermedades profesionales, Autodespidos o Despidos indirectos, Tutelas laborales por derechos fundamentales, Finiquito con reserva de derechos, Cobranzas laborales, Etc.
- El despido laboral es el acto por el cual se pone término a la relación laboral.
- Todo despido requiere el cumplimiento de formalidades legales, que de no ser cumplidas, pueden ocasionar que el despido se declare como INJUSTIFICADO.
- Las causales de término de la relación laboral se encuentran enumeradas expresamente en los artículos 159, 160, 161 y 163 bis del Código del Trabajo.
- El empleador al momento del despido se encuentra obligado a dar aviso del término de la relación laboral.
- Debe acreditarse que las cotizaciones previsionales se encuentran al día al momento del despido. De no estar al día, puede declararse la nulidad del despido.
- Accidente laboral es toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte.
- Se incluyen los accidentes que ocurran en el trayecto de ida o regreso al lugar de faena o trabajo.
Enfermedad laboral es aquella enfermedad que es causada, de manera directa, por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte. Para ser considerada como Enfermedad Profesional debe existir una relación causal entre el quehacer laboral y la patología que provoca la invalidez o la muerte.
- Procede la tutela laboral cuando en virtud de la relación de trabajo se ven afectados los derechos fundamentales del trabajador.
- Son Garantías fundamentales tuteladas:
- El derecho a la vida y a la integridad psíquica o física.
- El derecho y protección a la vida privada y a la honra de las personas y sus familias.
- La inviolabilidad de toda forma de comunicación privada.
- Actos discriminatorios por motivos de raza, religión, orientación sexual, etc.
- Garantía de Indemnidad. Represalias contra trabajadores a consecuencia de actos de fiscalización de la DT o por ejercer acciones judiciales.
- Practicas anti sindicales o desleales en una negociación colectiva.
- El finiquito es el documento que da cuenta del término del contrato de trabajo.
- El finiquito es un acuerdo entre empleador y trabajador respecto del inicio y término de la relación laboral, sobre los hechos que han originado el término del contrato, el monto de las indemnizaciones, etc.
- Es importante que en caso de no haber acuerdo, se haga reserva de derechos para accionar judicialmente, porque de no hacerlo, se pierde el derecho a demandarlo judicialmente.
- Las y los trabajadores migrantes requieren contar con visa de residencia en Chile o un permiso especial de trabajo para extranjeros.
- La empresa que contrate trabajador(a) extranjero(a) debe contar con domicilio legal en Chile.
- Debe firmarse el contrato de Trabajo, entre empleador(a) y trabajador(a) ante notario.
- El contrato de trabajo para visa sujeta a contrato debe contener:
- Cláusula de Vigencia
- Cláusula de Viaje
- Cláusula de régimen previsional
- Cláusula de impuesto a la renta
- Los(as) profesionales o técnicos(as) especializados(as) tendrán que acreditar su título respectivo, debidamente legalizado en el Consulado de Chile en el país origen y posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile.
- Su empleador(a) está obligado(a) a escriturar el contrato de trabajo de casa particular.
- El contrato debe estar firmado por empleador(a) y trabajador(a), en dos copias, dentro del plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se inicia la prestación de servicios, o de 5 días corridos si la duración del contrato fuere de 30 días o menos.
- La jornada del trabajador(a) puertas afuera no podrá exceder en ningún caso de 12 horas diarias, con un descanso no inferior a una hora imputable a ella. Con derecho a descansar domingos y festivos.
- El o la trabajador(a) puertas adentro, tiene derecho a un descanso absoluto mínimo no inferior a doce horas diarias.
- Las y los trabajadores tienen derecho a una indemnización a todo evento por término de contrato, cualquiera sea la causal que invoque el empleador.
- La indemnización a todo evento se financia con la cotización del empleador del 4,11% de la remuneración imponible del trabajador(a).
- Para cobrar esta indemnización debe ir a la AFP con una copia del finiquito; si no lo tiene, debe solicitar en la Inspección del Trabajo, con su cédula de identidad, copia del contrato y cartola de pago previsional.
Asesorías Sindicales
Convenios y capacitaciones con sindicatos y asociaciones de funcionarios. Asesorías permanentes en procesos de constitución de sindicatos, negociaciones colectivas y redacción del contrato colectivo del trabajo.
Como equipo de abogados ofrecemos asesoría permanente para organizaciones sindicales en todos sus procesos, además de entregar capacitaciones gratuitas para las dirigencias y/o asambleas.
Además de ofrecer una reducción de honorarios para los socios del sindicato en sus causas individuales.
Acompañamos en el proceso de organización de nuevos sindicatos, apoyándoles procedimental y tecnológicamente en la creación de sus estatutos y líneas de trabajo, asesorando todo el proceso de constitución de su nueva organización.
Realizamos un acompañamiento especial para los procesos de negociación colectiva, desde el acompañamiento metodológico para el levantamiento de necesidades, redacción en un proyecto de contrato colectivo, hasta asesoría y preparación de las estrategias a desarrollar en cada mesa de negociación, estrategias de comunicación y movilización, para concluir en la firma del contrato colectivo que beneficie a sus asociados.
Además formamos parte integra de las mesas de negociación, asesorando y realizando estudios de información financiera y tributaria de la empresa.
Acompañamos en el proceso de levantamiento de necesidades de las y los socios de su sindicato, para luego transformarlo en un proyecto de contrato colectivo, que incorpore las expectativas de las dirigencias y las bases sindicales.
Generamos metodologías que permitan la participación colectiva en las grandes definiciones de las organizaciones sindicales, permitiendo que la construcción de las reglas que se dotaran las organizaciones sindicales incorporen los grandes acuerdos de la organización en su conjunto, incorporando en los mismos estatutos toda la normativa necesaria según la ley 20.940.
Contamos con la experiencia en diversos procesos de negociación, permitiéndonos generar un acompañamiento y asesoría en post de mejorar la planificación en sus procesos de negociación, buscando el fortalecimiento de los liderazgos sindicales y entregando las herramientas necesarias para sus procesos, todo esto en base a una sistematización de experiencias con un trato personalizado, fortaleciendo las oportunidades y características de cada dirigente.
Como equipo de abogados, creemos que la formación sindical es fundamental para obtener los objetivos deseados por las organizaciones, ante esto contamos con variados documentos y exposiciones de temas de interés para la formación sindical, acorde a las necesidades evidenciadas por parte de las organizaciones sindicales y gremiales.
Otros Servicios Legales
También ofrecemos servicios legales en otras áreas del derecho. Como Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Penal, Etc.
Contamos con un equipo con basta experiencia en tramitación y litigación en causas sobre Derecho de Familia, tales como:
- Divorcios
- Pensión de Alimentos
- Relación Directa y Regular (Visitas)
- Cuidado Personal (Tuición)
- Juicios de Paternidad
- Y otros
En materias civiles brindamos servicios relacionados a:
- Contratos
- Escrituras
- Herencias
- Particiones
- Arrendamientos
- Estudio de títulos
- Embargos
- Y otros
- Reposiciones a actos administrativos
- Solicitud de pronunciamiento de Contraloría
- Reclamaciones ante Contraloría